Hablamos de Liquidación cuando los bienes que han sido propiedad del matrimonio, ahora ya disuelto, han de repartirse entre ambos conyuges.
La Liquidación de bienes gananciales no afecta a los matrimonios en Separación de bienes o con Capitulaciones matrimoniales estipuladas. Pero sí afecta a los matrimonios en Régimen de gananciales.
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